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FISCALIDAD · EMERGENCIA

Hacienda exime de impuestos indemnizaciones por abusos

Impacto: ALTO MODIFICA Exención de impuestos Control automático aplicado


Antes

Las indemnizaciones a víctimas de abusos sexuales en la Iglesia Católica y las ayudas por catástrofes como la DANA de 2024 estaban sujetas a impuestos

los arts. 39 y 42 del Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo

Ahora

Las indemnizaciones a víctimas de abusos sexuales en la Iglesia Católica y las ayudas por catástrofes como la DANA de 2024 están exentas del IRPF

boe-BOE-A-2026-9286 · ver en BOE →

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Análisis del cambio

¿Qué tienes que hacer?

Revisar los procedimientos de declaración de impuestos para asegurar que se apliquen las exenciones correspondientes a las indemnizaciones y ayudas recibidas por abusos sexuales y catástrofes naturales. Comprobar si se deben solicitar devoluciones de impuestos pagados con anterioridad

Excepciones a vigilar

  • Indemnizaciones por abusos sexuales en otros ámbitos
  • Ayudas por catástrofes no incluidas en la norma

Relacionado

  • BOE-A-2026-6544
  • Real Decreto-ley 6/2024

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Análisis generado el 8 de mayo de 2026 · LLM-asistido y revisable contra el BOE original.