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BOE MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES · Orden

Educación corrige precios

El Ministerio de Educación corrige errores en los precios públicos por la enseñanza en centros españoles en el extranjero para el curso 2026-2027. Los centros docentes en el extranjero deberán aplicar las nuevas tarifas.


Crónica

El Ministerio de Educación corrige errores en los precios públicos por la enseñanza en centros españoles en el extranjero para el curso 2026-2027. Los centros docentes en el extranjero deberán aplicar las nuevas tarifas.

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ha publicado una orden para corregir errores en la fijación de precios públicos por la prestación del servicio de enseñanza en los centros docentes de titularidad del Estado español en el extranjero, durante el curso 2026-2027.

Los centros afectados deberán aplicar las nuevas tarifas, que incluyen una cuota por matrícula no superior al 10% del valor de la tarifa anual, junto a una cuota inicial y tres pagos trimestrales.

El cambio se produce después de que se detectaran errores en la orden original, publicada en mayo de 2026. Los centros docentes en el extranjero deberán adaptarse a las nuevas tarifas para el curso 2026-2027.

La corrección de precios afecta a los centros educativos españoles en el extranjero, que deberán aplicar las nuevas tarifas para mantener la calidad de la enseñanza. Los padres y estudiantes deberán tener en cuenta los nuevos precios al matricularse en estos centros.

A quién afecta

  • Centros educativos españoles en el extranjero
  • Familias de estudiantes en el extranjero

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Advertido error en la Orden EFD/481/2026, de 6 de mayo, por la que se fijan los precios públicos por la prestación del servicio de enseñanza en los centros docentes de titularidad del Estado español en el extranjero, durante el curso 2026-2027, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 119, de 16 de mayo de 2026, a fin de efectuar las oportunas modificaciones, dispongo: En el anexo de la disposición, donde dice: «B. Reglas adicionales aplicables a cada país centro_negrita Consejería de Educación en Brasil centro_cursiva Se abonará una cuota por matrícula no superior al 10 % del valor de la tarifa anual junto a una cuota inicial y tres pagos trimestrales a pagar en los meses de octubre de 2026, enero y abril de 2027. Se podrán admitir pagos mensuales previa autorización del centro docente. Los pagos se realizarán, mediante débito bancario, en la cuenta operativa en firme del centro. Con el fin de avalar el pago de las cuotas, el centro podrá solicitar las garantías que considere necesarias para garantizar las obligaciones económicas contraídas y hacerlas efectivas en caso de incumplimiento.» Debe decir: «B. Reglas adicionales aplicables a cada país centro_negrita Consejería de Educación en Brasil centro_cursiva Se abonará una cuota por matrícula no superior al 10 % del valor de la tarifa anual junto a una cuota inicial y tres pagos trimestrales a pagar en los meses de octubre de 2026, enero y abril de 2027. Se podrán admitir pagos mensuales previa autorización del centro docente. Los pagos se realizarán, mediante débito bancario, en la cuenta operativa en firme del centro. Con el fin de avalar el pago de las cuotas, el centro podrá solicitar las garantías que considere necesarias para garantizar las obligaciones económicas contraídas y hacerlas efectivas en caso de incumplimiento.» Madrid, 1 de julio de 2026.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, Milagros T

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