Crónica
El Ministerio de Industria y Turismo autoriza dos nuevos refrigerantes, R-444A y R-456A, para instalaciones frigoríficas, tras solicitud de la Asociación de Empresas de Frío y sus Tecnologías. La resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación.
La Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa ha resuelto ampliar la relación de refrigerantes autorizados por el Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas. Los nuevos refrigerantes, R-444A y R-456A, pertenecen a los grupos de seguridad L2 y L1, respectivamente. La Asociación de Empresas de Frío y sus Tecnologías había solicitado la inclusión de estos productos, que ya han demostrado sus características de seguridad y eficiencia.
Esta autorización supone un paso adelante en la seguridad y eficiencia energética de las instalaciones frigoríficas en España. Los operadores de estas instalaciones deberán adaptarse a los nuevos requisitos de seguridad y eficiencia, lo que puede suponer un coste adicional para las empresas.
Los grandes operadores de instalaciones frigoríficas ya cumplen con los requisitos de seguridad y eficiencia, pero las pequeñas y medianas empresas del sector pueden necesitar invertir en la adaptación de sus instalaciones. La autorización de estos nuevos refrigerantes puede suponer una oportunidad para las empresas que ya han invertido en tecnologías más eficientes y seguras.
Análisis
La autorización de estos nuevos refrigerantes supone un paso adelante en la seguridad y eficiencia energética de las instalaciones frigoríficas en España. Los operadores de estas instalaciones deberán adaptarse a los nuevos requisitos de seguridad y eficiencia, lo que puede suponer un coste adicional para las empresas. La Asociación de Empresas de Frío y sus Tecnologías ha demostrado su compromiso con la seguridad y la eficiencia energética, y esta autorización puede suponer un precedente para futuras regulaciones en el sector.
A quién afecta
- Operadores de instalaciones frigoríficas
- Asociación de Empresas de Frío y sus Tecnologías
- Pequeñas y medianas empresas del sector
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El apartado 4 de la instrucción IF-02 del Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas, aprobado por el Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre, habilita al centro directivo competente en materia de seguridad industrial del Ministerio de Industria y Turismo para autorizar, a petición de parte interesada, la utilización de otros refrigerantes y mezclas no incluidos en el apéndice 1, previa determinación de cuantas características de prueba y uso sean precisas según lo requerido en las prescripciones establecidas en el citado reglamento. La Asociación de Empresas de Frío y sus Tecnologías (AEFYT) ha solicitado la ampliación de la relación de refrigerantes autorizados por el Reglamento de seguridad de instalaciones frigoríficas, con la inclusión de los refrigerantes con denominación simbólica alfanumérica R-444A y R-456A. Entre la documentación aportada en la solicitud se ha aportado la acreditación de las características del producto mediante las tablas de propiedades termodinámicas, químicas y físicas y las fichas de datos de seguridad de los refrigerantes. De acuerdo con la información aportada, dichos productos pertenecen a los grupos de seguridad L2 y L1, respectivamente, según el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas. Vista la documentación presentada por el solicitante, Esta Dirección General resuelve: Primero. Ampliar la relación de refrigerantes autorizados por el Reglamento de instalaciones frigoríficas, que figuran en el apéndice 1, tabla A, de la instrucción IF-02, con la inclusión de los refrigerantes R-444A y R-456A, conforme se indica a continuación: Segundo. La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Tercero. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Industria, en el siguiente enlace: (https://sede.serviciosmin.gob.es/es-es/procedimientoselectronicos
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Redacción asistida por IA · publicación automatizada, sin revisión previa (aviso · correcciones) · fuente: BOE/EUR-Lex
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