Crónica
La Dirección General de Política Energética y Minas acepta el desistimiento de Naturgy Renovables para un proyecto de módulo fotovoltaico y almacenamiento en Valladolid. El proyecto de 39 MW y 20 MW de almacenamiento no proseguirá.
Naturgy Renovables, SLU, ha desistido de su solicitud para un proyecto de módulo fotovoltaico y almacenamiento en la provincia de Valladolid. El proyecto, conocido como 'PFVH San Blas', tenía una potencia instalada de 39 MW y contaba con un módulo de almacenamiento de 20 MW. La Dirección General de Política Energética y Minas ha aceptado el desistimiento, lo que significa que el proyecto no proseguirá.
El proyecto había sido presentado en diciembre de 2024 y había sido admitido a trámite. Sin embargo, tras una evaluación de impacto ambiental, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental había determinado que el proyecto debía someterse a una evaluación ambiental ordinaria. A pesar de esto, Naturgy Renovables ha decidido desistir del proyecto.
La decisión de Naturgy Renovables puede tener implicaciones para el sector energético en España, ya que el país busca aumentar su capacidad de generación de energía renovable. El desistimiento del proyecto puede retrasar los planes de expansión de la empresa en el sector solar.
En cuanto a los costes, el desistimiento del proyecto puede suponer un ahorro para Naturgy Renovables, ya que no tendrá que invertir en la construcción y el mantenimiento del proyecto. Sin embargo, también puede significar una pérdida de oportunidad para la empresa de expandir su presencia en el sector energético.
Análisis
Este desistimiento puede ser un indicio de que las empresas están reevaluando sus planes de expansión en el sector energético en España. La evaluación de impacto ambiental y los trámites administrativos pueden ser un obstáculo para los proyectos de energía renovable. Es importante que las autoridades reguladoras y las empresas trabajen juntas para agilizar los trámites y reducir los costes para que los proyectos de energía renovable puedan avanzar.
A quién afecta
- Naturgy Renovables
- Sector energético
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De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en base a los siguientes: I. Hechos Primero. Solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción. Naturgy Renovables, SLU, solicita, con fecha 26 de diciembre de 2024, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación de un módulo fotovoltaico «PFVH San Blas», de 39 MW de potencia instalada, y de un módulo de almacenamiento (20 MW), para su hibridación con el parque eólico existente P.E. San Blas, de 39,6 MW, y su infraestructura de evacuación, consistente en las líneas a 30 kV que conectan ambos módulos con la subestación SET Carratorres 66/30 kV, y la ampliación de dicha subestación, en los términos municipales de Valverde de Campos y Castromonte, provincia de Valladolid (en adelante, también, el proyecto). Segundo. Admisión a trámite. Esta Dirección General acreditó que la solicitud de autorización administrativa previa del proyecto del módulo fotovoltaico «PFVH San Blas», de 39 MW de potencia instalada, y de un módulo de almacenamiento (20 MW), en la provincia de Valladolid, había sido presentada y admitida a trámite. Asimismo, esta Dirección General, con fecha 17 de septiembre de 2025, dictó acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta de los expedientes de autorización administrativa previa de las instalaciones fotovoltaicas «Teso Pardo» de 75,3 MW (PEol-FV-281), «Mirabel» de 54,6 MW (PEol-FV-282), y «Carratores» de 81,6 MW (PEol-FV-291), y mediante tecnología fotovoltaica y de almacenamiento «San Blas» de 98,6 MW (PEol-FV-ALM-041), y de sus infraestructuras de evacuación, con número de expediente asociado PEol-FV-281AC. Tercero. Evaluación
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Redacción asistida por IA · publicación automatizada, sin revisión previa (aviso · correcciones) · fuente: BOE/EUR-Lex
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