Crónica
La Dirección General de Trabajo publica las tablas salariales para 2026 del Convenio colectivo de MDL Distribución Logística, SA, con incrementos del 3,25% al 5,25% según tramos salariales. El acuerdo, firmado el 25 de mayo, afecta a los empleados de la empresa.
La Dirección General de Trabajo ha publicado las tablas salariales para 2026 del Convenio colectivo de MDL Distribución Logística, SA. El acuerdo, firmado el 25 de mayo, establece incrementos salariales del 3,25% al 5,25% según los tramos salariales. Esta revisión salarial se aplicará a todos los empleados de la empresa, con la excepción de aquellos que se hayan incorporado después del 1 de enero de 2026 con un salario superior a las tablas actualizadas.
El Convenio colectivo de MDL Distribución Logística, SA, fue publicado en el BOE en 2017. La revisión salarial para 2026 ha sido negociada entre la empresa y los representantes de los trabajadores, y se ha acordado aplicar la escala de revisión salarial según tramos de salarios brutos individuales.
La publicación de las tablas salariales en el BOE tiene efectos desde el 1 de enero de 2026. Los empleados de MDL Distribución Logística, SA, verán incrementados sus salarios según la escala de revisión acordada. La empresa deberá actualizar los salarios base de convenio y aplicar el resto de incremento de porcentaje de subida en 'Plus Absorbible'.
El coste de esta revisión salarial recae sobre la empresa, que deberá absorber los incrementos salariales. Los empleados de MDL Distribución Logística, SA, se beneficiarán de esta revisión salarial, que les permitirá mejorar su salario y aumentar su poder adquisitivo.
A quién afecta
- Empleados de MDL Distribución Logística, SA
- Representantes de los trabajadores
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Texto íntegro del BOE desplegar
Visto el texto del acuerdo de aprobación de las tablas salariales para el año 2026 del Convenio colectivo de la empresa MDL Distribución Logística, SA (código de Convenio n.º 90102742012017), que fue publicado en el BOE de 22 de agosto de 2017, acuerdo que ha sido suscrito con fecha 25 de mayo de 2026, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por la Delegada de personal del centro de trabajo de Madrid, en representación de las personas trabajadoras afectadas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, Esta Dirección General de Trabajo resuelve: Primero. articulo Ordenar la inscripción del citado acuerdo y de las tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión negociadora. Segundo. articulo Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 22 de junio de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García. TABLAS SALARIALES PARA EL AÑO 2026 DEL CONVENIO COLECTIVO DE MDL DISTRIBUCIÓN LOGÍSTICA, SA anexo En Madrid, a 25 de mayo de 2026. REUNIDOS centro_redonda De una parte, don Juan Ángel Domingo Fernández, doña Patricia García Martín y doña Irene Barreales Sánchez, como representantes de la mercantil MDL Distribución Logística. SA. De la otra parte, doña María Victoria Gómez Acero (Sindicato UGT) en su condición de representantes legales de las personas trabajadoras de la mercantil MDL Distribución Logística, SA. Se han reunido a las 12
Normativa anterior tocada
- DE CONFORMIDAD CON el art. 90.2 y 3 del texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre
- DE CONFORMIDAD CON el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo
- EN RELACIÓN CON el Convenio publicado por Resolución de 8 de agosto de 2017
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Redacción asistida por IA · publicación automatizada, sin revisión previa (aviso · correcciones) · fuente: BOE/EUR-Lex
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