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Person sitting on a rocky outcrop overlooking a valley · Maria Lupan · Unsplash

BOE MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO · Resolución

Ministerio acepta desistimiento

La Dirección General de Política Energética y Minas acepta el desistimiento de Arena Power Solar 33, SLU, para la construcción de la instalación fotovoltaica Campos del Condado IV en Huelva. El proyecto contaba con 54,425 MW de potencia instalada.


Crónica

La Dirección General de Política Energética y Minas acepta el desistimiento de Arena Power Solar 33, SLU, para la construcción de la instalación fotovoltaica Campos del Condado IV en Huelva. El proyecto contaba con 54,425 MW de potencia instalada.

La Dirección General de Política Energética y Minas ha aceptado el desistimiento de Arena Power Solar 33, SLU, para la construcción de la instalación fotovoltaica Campos del Condado IV en los términos municipales de Beas y Trigueros, en la provincia de Huelva. El proyecto, que contaba con 54,425 MW de potencia instalada, había sido objeto de una solicitud de autorización administrativa previa en febrero de 2021.

La instalación fotovoltaica Campos del Condado IV formaba parte de un conjunto de proyectos de energía renovable en la zona, que incluían la construcción de infraestructuras de evacuación para conectar las plantas solares con la red de transporte.

El desistimiento de Arena Power Solar 33, SLU, pone fin al procedimiento de autorización administrativa de construcción para el proyecto, que había sido objeto de una evaluación de impacto ambiental favorable por parte de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.

La decisión de aceptar el desistimiento no afecta a otros proyectos de energía renovable en la zona, que siguen en tramitación. Los promotores de estos proyectos deberán seguir adelante con los trámites necesarios para obtener las autorizaciones administrativas correspondientes.

A quién afecta

  • Promotores de proyectos de energía renovable
  • Empresas de construcción de infraestructuras de evacuación

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De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en base a los siguientes: I. Hechos Primero. Autorización administrativa previa del proyecto. Arena Power Solar 33, SLU, en adelante, el promotor, solicitó, con fecha 27 de febrero de 2021, subsanada el 18 de marzo de 2021, autorización administrativa previa de la de la planta solar fotovoltaica «Campos del Condado IV» de 60,569 MW nominales y su infraestructura de evacuación (centro de seccionamiento y línea eléctrica a 30 kV hasta la subestación eléctrica Campos del Condado IV, V y VI 220/30 kV), en los términos municipales de Beas y Trigueros, en la provincia de Huelva (en adelante, también, el proyecto). El resto de la infraestructura evacuación hasta la conexión a la red de transporte se compartía con otros proyectos y se tramitaba a través de los expedientes SGIISE/PFot-545 y SGIISE/PFot-542 para las plantas solares fotovoltaicas «Campos del Condado VI» promovida por Arena Power Solar 35, SLU, y «Ciudad de Tartessos I», promovida por Savanna Power Solar 9, SLU, respectivamente, constando de los siguientes elementos: – Subestación elevadora «Subestación Elevadora 220/30 Campos del Condado IV, V, VI». – Línea eléctrica aérea/subterránea de 220 kV entre la subestación elevadora «Campos del Condado IV, V y VI 220/30 kV» y la subestación elevadora 220/30 kV denominada «Subestación Elevadora Campos de Al-Andalus 220/30 kV». – Subestación elevadora Campos de Al-Andalus 220/30 kV. – La línea de conexión desde la subestación elevadora Campos de Al-Andalus 220/30 kV hasta la subestación «SET Colectora Palos 220 kV». – La subestación «SET Colectora Palos 220 kV». – La línea eléctrica aéreo-subterránea de alta tensión a 220 kV, que tiene como origen l

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