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BOE SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales · FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

Software absorbe Omni.Pro

Software Product Creation, S.L. absorbe a Omni.Pro Spain, S.L.U. tras aprobación de los socios el 3 de agosto de 2026. La Sociedad Absorbida se extingue sin liquidación y transmite su patrimonio a la Sociedad Absorbente.


Crónica

Software Product Creation, S.L. absorbe a Omni.Pro Spain, S.L.U. tras aprobación de los socios el 3 de agosto de 2026. La Sociedad Absorbida se extingue sin liquidación y transmite su patrimonio a la Sociedad Absorbente.

La fusión por absorción de Omni.Pro Spain, S.L.U. por parte de Software Product Creation, S.L. ha sido aprobada por los socios de ambas empresas el 3 de agosto de 2026.

Como consecuencia de esta operación, Omni.Pro Spain, S.L.U. se extinguirá sin liquidación y transmitirá su patrimonio social a Software Product Creation, S.L., que adquirirá todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.

Esta fusión se realiza bajo el régimen simplificado previsto en el Real Decreto-ley 5/2023, debido a que la Sociedad Absorbente es propietaria íntegra de la Sociedad Absorbida.

Los socios y acreedores de ambas sociedades tienen derecho a obtener gratuitamente el texto íntegro de las decisiones de fusión y a examinar los documentos relacionados en el domicilio social de cualquiera de las sociedades participantes.

A quién afecta

  • Socios de Software Product Creation, S.L.
  • Socios de Omni.Pro Spain, S.L.U.
  • Departamentos legales de empresas tecnológicas

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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de, entre otras, modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público que los socios de Software Product Creation, S.L., con C.I.F. B85677672 (en adelante, la Sociedad Absorbente), y el socio único de Omni.Pro Spain, S.L.U., con C.I.F. B06927743 (en adelante, la Sociedad Absorbida), han decidido, con fecha 3 de agosto de 2026, aprobar la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente. Como consecuencia de la fusión, se producirá la extinción sin liquidación de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque de todo su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de aquella. Al tratarse de una fusión por absorción de una sociedad íntegramente participada por la Sociedad Absorbente, resulta de aplicación el régimen simplificado previsto en el Real Decreto-ley 5/2023, con las especialidades previstas en sus artículos 9 y 53. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener gratuitamente el texto íntegro de las decisiones de fusión adoptadas, los balances de fusión y el proyecto común de fusión, pudiendo asimismo examinarlos en el domicilio social de cualquiera de las sociedades participantes en la fusión. En Madrid, 7 de agosto de 2026.- El Presidente de Software Product Creation, S.L. y Administrador Solidario de Omni.Pro Spain, S.L.U., Don Néstor Augusto Nocetti.

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Redacción asistida por IA · publicación automatizada, sin revisión previa (aviso · correcciones) · fuente: BOE/EUR-Lex

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