Crónica
La Junta General Extraordinaria de Hijos de León Amantegui, S.A. acordó reducir el capital social en 60.000 euros, pasando de 600.000 a 540.000 euros, mediante la amortización de 10.000 acciones propias. La reducción se realiza con cargo a reservas de libre disposición.
La Junta General Extraordinaria y Universal de Hijos de León Amantegui, S.A. celebrada el 19 de junio de 2026, ha acordado reducir el capital social en 60.000 euros, lo que supone un ajuste del 10% del capital total. Esta decisión se toma en cumplimiento del artículo 319 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
La reducción del capital se lleva a cabo mediante la amortización de 10.000 acciones propias de 6 euros de valor nominal cada una, y se financia con cargo a las reservas de libre disposición de la sociedad. Esto significa que no habrá devolución de aportaciones ni abono alguno a los accionistas.
Además, la sociedad ha decidido dotar una reserva por importe de 60.000 euros, que solo podrá ser utilizada con los mismos requisitos exigidos para la reducción de capital social.
Los acreedores no tendrán derecho de oposición a esta reducción de capital, según el artículo 335 de la Ley de Sociedades de Capital.
Esta decisión de reducir el capital social puede tener implicaciones para los accionistas y los acreedores de la sociedad, y refleja la estrategia de la empresa para ajustar su estructura de capital y optimizar sus recursos.
A quién afecta
- Accionistas de Hijos de León Amantegui, S.A.
- Acreedores de la sociedad
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Texto íntegro del BOE desplegar
En cumplimiento de lo previsto en el articulo 319 del TR de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad Hijos de León Amantegui, S.A., celebrada el día 19 de junio de 2026, ha acordado: 1º Reducir el capital social en sesenta mil (60.000,00) euros, pasando de 600.000,00 euros a 540.000,00 euros, mediante la amortización de 10.000 acciones propias de 6,00€ de valor nominal cada una. La reducción se realiza con cargo a reservas de libre disposición sin devolución de aportaciones ni abono alguno a los accionistas. Simultáneamente se dota por importe de 60.000,00 euros una reserva de la que solo será posible disponer con los mismos requisitos exigidos para la reducción de capital social. De conformidad con lo establecido en el artículo 335 de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores no tendrán derecho de oposición. 2º Renumerar las acciones de la Sociedad de modo que presenten una numeración correlativa. En consecuencia con lo anterior, se modifica el artículo 5º de los Estatutos Sociales, que, en lo sucesivo, dirá lo siguiente: "Título II: Capital y Acciones. Artículo 5º.- El Capital Social se fija en Quinientos cuarenta mil euros (540.000,00.-€), representado por Noventa mil (90.000) acciones, de 6,00 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 90.000, ambas inclusive." Bilbao (Bizkaia), 29 de julio de 2026.- La Secretaria del Consejo de Administración, Doña María Soledad Amantegui Goicoechea.
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Redacción asistida por IA · publicación automatizada, sin revisión previa (aviso · correcciones) · fuente: BOE/EUR-Lex
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